La Audiencia Provincial de Oviedo condena a dos años de prisión a Manolo Mori García, "como autor criminalmente responsable de un delito continuado de apropiación indebida, ya definido, con la concurrencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal atenuantes analógica de confesión y dilaciones indebidas como muy cualificada" Además de a "inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, cinco meses de multa, a razón de 10 euros/día, con responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 CP para caso de impago, e inhabilitación especial para ejercer actividades bancarias, crediticias y de seguros durante el tiempo de condena; todo ello con imposición de costas procesales, incluidas las devengadas por la actuación de las acusaciones particulares", como apunta la sentencia.
El caso del Banco Pastor, que afectó a los clientes de la oficina de Cangas de Onís, estalló tras la adquisición de esta entidad por parte del Banco Popular, al que absorbería después el Santander.
Del mismo modo, el Tribunal le condena a pagar a los más de 40 afectados de la banca paralela que había creado mientras fue director de la oficina del Banco Pastor de Cangas de Onís, una cifra que supera los 3 millones de euros, a la que hay que sumar los intereses desde que los afectados reclamaron. Pero no será Mori quien pague, sino el Banco de Santander, al que se condena "como responsable civil subsidiario, al pago de las cantidades a que ha sido condenado el acusado, incluidos los intereses moratorios y legales ".
Entre los que ahora recuperarán su dinero los hay que habían "perdido" hasta 800.000 euros, aunque hay afectados por: 497.000, 123.000 y 31.000 –a dos hermanas–, 53.743, 50.000, 35.978, 32.000, 53.000...., que ahora deberá satisfacer, más los intereses, el Banco de Santader.
Mori no entrará en la cárcel, por tratarse de una pena de dos años. Algo que ya habían acordado las partes durante el juicio.