No ye pa tanto muyer
Servidor estaba súper convencido de que, en los casos de agresión sexual a mujeres, los jueces ya no preguntaban a las víctimas si habían apretado suficientemente las piernas para que no las penetraran ni les reprochan que lleven minifalda para no provocar al agresor. Es más, creo que hay un protocolo general para que la actuación judicial respete las circunstancias de las que denuncian a sus violadores.
Me da la impresión, sin embargo, de que esta nueva revisión del Aranzadi todavía no ha llegado a la Audiencia Provincial de Oviedo, según se desprende de una sentencia absolutoria de este tribunal a pesar de darse por probado que el acusado acosaba a una mujer en varias ocasiones.
Yo no sé en qué momento nuestros magistrados piensan que debe condenarse un acoso
No fueron ni una ni dos ni tres las veces que el acosador molestó con intenciones libidinosas a la mujer, que trabajaba de camarera en un establecimiento de hostelería y a la que perseguía en su puesto de trabajo, a la salida y cuando iba por la calle y, en alguna ocasión, llegó a cogerla por la cintura para reafirmar sus propósitos deshonestos.
Sin embargo, la Audiencia asturiana dejó sin castigo penal estas actuaciones acosadoras con el argumento de que no habían influido en el ánimo de la agredida y justifica el fallo con que ni siquiera cambió de hábitos. Algo así como un blanqueamiento del acoso porque, total, no ye pa tanto muyer.
Yo no sé en qué momento nuestros magistrados piensan que debe condenarse un acoso. Si la víctima tiene fortaleza mental y no se desmorona, es señal de que el acosador no logra su propósito y no debería ser castigado hasta que la víctima siente la necesidad de acudir a un psicólogo. Es lo mismo que si un ladrón no es condenado si roba una pequeña cantidad a un multimillonario. Total, si solo fueron 5.000 euros, dirían los sentenciadores.
Me temo que en las historias de agresiones a mujeres a los jueces de la Audiencia Provincial de Oviedo les mueve más el morbo que la consecución del delito. Un acoso es un acoso y si es hecho probado debe castigarse, y la afectación o no a la víctima solo tendría efectos atenuantes en determinadas circunstancias muy especiales.
Contemplo con mucha preocupación la complacencia de determinados juzgados cuando la condición de víctima y mujer va pareja, y eso que hay directrices de altas instancias judiciales reclamando medidas contundentes.
Van a perdonarme mis queridos togados las suspicacias sobre su labor, pero a veces barrunto que los encargados de aplicar las leyes están más preocupados por cargarse a Pedro Sánchez que por garantizar la igualdad de hombres y mujeres ante la ley.