La justicia absuelve a los dos exconcejales del PSOE de Llanes acusados de prevaricar

El fallo no es firme ya que cabe recurso de apelación
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photo_camera José Manuel Herrero y Francisco José Balmori, concejales absueltos del delito de prevaricación.

El Juzgado de lo penal número 3 de Oviedo ha absuelto del delito continuado de prevaricación a José Manuel Herrero y Francisco José Balmori, los dos exconcejales del PSOE de Llanes para los que la Fiscalía solicitaba nueve años y nueve meses de inhabilitación para cada uno.

La jueza ha tenido en cuenta en su fallo los argumentos de las respectivas defensas y, si bien manifiesta probado que tanto Herrero como Balmori adjudicaron entre ambos cerca de 20 contratos menores a la misma arquitecta, considera que no hubo abuso de poder. Para la jueza, el hecho de que existan irregularidades en la tramitación de expedientes en lo que tiene que ver con su legalidad no «necesariamente comporta la plena probanza de una arbitrariedad a sabiendas».

El Ministerio también considera que la concatenación de contratos entre 2008 y 2012 tendría que haberse realizado mediante una oferta pública de empleo pero considera que la contratación directa no se realizó "bajo criterios personales" ni supone como tal un delito. «Cuanto un organismo público fracciona contratos con el fin de realizar adjudicaciones directas no necesariamente se está en presencia de una conducta que encubra una práctica corrupta, como la de favorecer siempre a una determinada empresa o profesional», consta en la sentencia a la que ha tenido acceso El Fielato y El Nora.

La sentencia contra los exconcejales de Llanes refleja que el delito lo cometió el Vicesecretario municipal

Además, la jueza también ha tenido en cuenta las declaraciones de una funcionaria municipal, quien atestiguó que ninguno de los concejales conocía los mecanismos de contratación y que dichas contrataciones que fueron ordenadas por el Vicesecretario municipal.

Un argumento sobre el que se sostenía la defensa de Alejandra Cuadriello González, abogada de José Manuel Herrero, para quien esta absolución se basa «en el hecho elemental de que ninguno de los dos participó en la gestión de los sucesivos contratos de una arquitecta técnica externa, sino que tales contratos fueron gestionados directamente por la Concejalía de Contratación y por el Vicesecretario “que era el jurídico de la concejalía de Contratación y acordaba el tipo de procedimiento al que debía sujetarse tales contrataciones de personal”».

Él era quien daba las órdenes”, lo cual hemos venido defendiendo siempre en todos los procedimientos judiciales seguidos en materia de contratación contra José Manuel Herrero.

El fallo todavía puede contar con el recurso de apelación de la Fiscalía.