Los tres concejales del Partido Popular de Ponga condenados a pagar 500 euros de costas

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Oviedo desestima el recurso interpuesto por los tres ediles contra el Ayuntamiento de Ponga
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photo_camera Candidatura del PP de Ponga las pasadas elecciones. El tercero por la derecha, Constantino García, el candidato.

Los tres concejales del PP de Ponga: Constantino García Rodríguez,José Antonio Fernández Rodríguez, y Sergio Traviesa Llamazares, tendrán que pagar 500 euros de las costas tras desestimar el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Oviedo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por los tres ediles contra el Ayuntamiento de Ponga por «vulneración del derecho de participación política».

El Ministerio Fiscal informó  «a favor de la desestimación de la demanda».

Los ediles del PP buscaban anular el pleno extraordinario celebrado el 9 de octubre de 2023, que tenía como único punto del orden del día, acordar  «la adopción de cuantas medidas legales asistan al Ayuntamiento de Ponga en defensa de sus intereses frente a la parroquia rural de Sobrefoz», por el litigio entre el Ayuntamiento y la entidad menor sobre la propiedad de la escuela y la vivienda de la primera planta del edificio, así como los alquileres de ésta ultima.

El PP pongueto, siempre del lado de la Parroquia Rural de Sobrefoz buscó en los juzgados la anulación del pleno y las posteriores medidas que se tomaron, pero se toparon con la desestimación, que ahora conlleva que tengan que abonar 500 euros en concepto de costas. Contra la sentencia se pueden interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

El Juzgado no ve que exista la «vulneración del derecho de participación política», que alegaban los tres concejales del PP que basaban su postura por no «haber podido  tener a su disposición los expedientes de los asuntos que iban a ser sometidos a discusión y en su caso a votación» en el pleno del 9 de octubre de 2023, cuya convocatoria apuntaban, además, «carecía de motivación, siendo nula de pleno derecho».

El Ministerio Fiscal informó  «a favor de la desestimación de la demanda».