Sentencia favorable a la Sociedad de Cazadores Rey Pelayo

El TSJA anula la adjudicación del Coto de Caza de Cangas de Onís a La Parraguesa

Varapalo judicial para la Consejería de Medio Rural, como demandada, y La Parraguesa, como codemandada
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La Sociedad de Cazadores Rey Pelayo confía en que se lleve a cabo la ejecución provisional del contencioso administrativo que ganaron a la Consejería de Medio Rural y Cohesión territorial; y que el Principado les de la gestión del Coto Regional de Caza de Cangas de Onís, número 193, en las próximas semanas.

La Sociedad Rey Pelayo, que cuenta con casi 240 socios, más de la mitad locales, recurrió la adjudicación del Coto Regional de Caza de Cangas de Onís por parte de la Consejería de Medido Rural a la Sociedad La Parraguesa de Caza con fecha de febrero de 2022.

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) sentenció a favor del colectivo Rey Pelayo, anulando la adjudicación, en una sentencia que tiene fecha de 11 de septiembre de 2023. El fallo de la sentencia del TSJA lo deja así de claro:

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la procuradora doña Concepción González Escolar en nombre y representación de “Sociedad de Cazadores Rey Pelayo” contra la Resolución de 14 de febrero de 2022 de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Principado de Asturias por la que se adjudicó provisionalmente el aprovechamiento cinegético del Coto Regional de Caza Cangas de Onís, n° 193, a la “Sociedad Parraguesa de Caza” así como la dictada por la misma Consejería, en fecha 11 de abril de 2022, por la que se procede a la adjudicación definitiva de la gestión cinegética del referido Coto a la misma entidad, las que se anulan por no ser conformes a derecho.

En su lugar se declara el derecho de la sociedad demandante a la adjudicación del referido Coto Cangas de Onís, n° 193.

Se imponen las costas a la de- mandada con las limitaciones señaladas en el último fundamento de derecho.

Contra la presente resolución cabe interponer ante esta Sala recurso de casación en el término de treinta días, para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo si se denuncia infracción de legislación estatal o por esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia si lo es por legislación autonómica.

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Así las cosas; el abogado de la Asociación Rey Pelayo solicitará la ejecución provisional de una sentencia que no deja ninguna duda de lo chapucero que fue el proceso de adjudicación a La Parraguesa por parte de la Consejería con una “indebida admisión de documentación”.

Esta ejecución de la sentencia separaría la gestión de los cotos de Cangas de Onís y Parres, que desde hace años lleva La Parraguesa.

«Tenemos todo lo necesario para ponernos a gestionar el Coto de Cangas de Onís, desde mañana mismo», apuntan a EL FIELATO desde el colectivo Rey Pelayo. «Subrrogaríamos al guarda que se ocupa ahora de los terrenos y nos pondríamos a cazar, que es lo que queremos hacer desde que decidi- mos optar a la gestión del Coto», abundan desde el colectivo que preside J. José Martínez Llorente. Además del tiempo perdido, la Sociedad calcula que lleva gastados en el proceso judicial alrededor de 9.000 euros, por lo que no descarta solicitar daños y perjuicios a quien corresponda.