- Alojamientos rurales exentos de registro
- Clarificación ministerial
- Servicios complementarios y excepción
- Viviendas de uso turístico y viviendas vacacionales
- Valoración del Gobierno de Asturias
El Principado de Asturias confirma la exención de registro en la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para los alojamientos rurales. Esta plataforma, operativa desde el 1 de julio, no afectará a este tipo de establecimientos.
Alojamientos rurales exentos de registro
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha comunicado oficialmente al Gobierno asturiano la exclusión de los alojamientos rurales de la obligación de inscripción. Esta decisión responde a las consultas realizadas por la administración regional para aclarar dudas del sector.
Clarificación ministerial
La exclusión se basa en la prestación de servicios turísticos adicionales que distinguen a los alojamientos rurales. Estos servicios, que van más allá del simple alquiler, incluyen limpieza diaria, restauración y actividades organizadas. Esta particularidad justifica una regulación específica que los exime del registro estatal.
Servicios complementarios y excepción
Se incluyen en esta categoría casas de aldea, hoteles rurales y apartahoteles rurales. Por lo tanto, no están obligados a inscribirse en la ventanilla única.
Viviendas de uso turístico y viviendas vacacionales
A diferencia de los alojamientos rurales, las Viviendas de Uso Turístico (VUT) y las viviendas vacacionales (VV), aquellas alquiladas por periodos cortos sin servicios complementarios, sí deben registrarse en la plataforma estatal.
Valoración del Gobierno de Asturias
Para el Gobierno asturiano, esta confirmación supone un reconocimiento a la especificidad del turismo rural y aporta seguridad jurídica a los propietarios y gestores de estos alojamientos, clave para el desarrollo económico y social de las zonas rurales de la región.